El Tribunal Penal Internacional ha entrado en funciones el pasado mes de marzo, aunque se estableció su creación en 1998 en el Estatuto de Roma y además de otros temas, entenderá de actos de violencia sistemática perpetrados contra las mujeres que podrán ser perseguidos como crímenes de guerra o de lesa humanidad. Así lo ha ratificado un informe sobre la violencia contra la mujer presentado ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
En concreto, este texto apunta que los responsables de estos actos podrán ser perseguidos por tribunales nacionales, regionales e internacionales. Esta declaración se ha considerado como un gran avance para luchar contra la impunidad que aún hoy existe contra los crímenes por razón de género.
El Estatuto de Roma prohíbe de manera explícita todo tipo de agresiones sexuales, tales como: violaciones, protitución, esterilización y embarazo forzado en situaciones de guerra y establece la creación del Tribunal Penal Internacional. El nuevo informe apunta que las mujeres también sufren situaciones de violencia y discriminación en los procesos de rehabilitación y reconstrucción de los lugares que han estado en conflicto.
Sin embargo, la cooperación internacional y la ayuda humanitaria , apunta el informe presentado, tiene poco en cuenta esta realidad y los necesidades específicas de las familias. En general, los avances hechos en el campo de los derechos de la mujer son considerados como insuficientes hasta el momento, así lo apunta la OMS.